martes, 25 de junio de 2013

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

La Educación chilena actual es regida por la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE), la cual ha causado muchas controversias a nivel nacional. En respuesta a esto surge un nuevo proyecto, la Ley General de Educación (LGE).

“ Estructura y organización del articulado de la LGE”:
Contiene 70 artículos permanentes y 7 transitorios, ordenados en seis títulos: 
Título preliminar: Con los principios, fines de la educación, derechos y deberes.
 Titulo I: Contiene los niveles y modalidades educativas. 
Título II: Presenta los requisitos mínimos de la educación parvularia, básica y media.
 Título III: Sobre reconocimiento oficial del Estado a EE que impartan educación en los niveles parvulario, básico y medio.
Título IV: Trata el Consejo Nacional de Educación. 
Título final: Faculta a la Presidenta de la República, para realizar ordenamientos en los cuerpos legales, que sean probación de la LGE.

De que trata: 
No tiene carácter Constitucional, lo que permite hacer cambios sobre ella, motivo que la hace más flexible. Pone énfasis en la calidad de la Educación. 
No discrimina, existe el derecho a elegir el establecimiento al cual se desea asistir.
Presenta cambios en el currículo nacional, con respecto a los niveles de enseñanza (2 ciclos de 6 años cada uno para básica y el otro media).
Incluye además de los niveles básico, medio y superior, el párvulo, técnico profesional y modalidades especiales. 
Se cambia a un Consejo Nacional de Educación con tareas bien designadas. 
Se pretende derrotar el fin de lucro con requerimientos especiales para ser sostenedor de un establecimiento.
Si deja en claro el rol fiscalizador del Estado y los actores en el sistema educativo.

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